Descansos obligatorios para camioneros

¿Sabías que existen descansos obligatorios para camioneros? El reglamento español estipula una normativa de conducción de camiones en el territorio nacional, en donde uno de los aspectos en los que mayor hincapié realizan son los tiempos de conducción y descanso. A continuación te los mostraremos:

1. Descanso diario

Según lo estipulado en el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 561/2006, el conductor tiene que descansar al menos 11 horas. Este descanso puede ser fraccionado en dos periodos, uno que sea de tres horas y otro de nueve horas. Sin embargo, no podrán tomarse más de tres periodos de descanso diarios. Durante el periodo de descanso el conductor deberá tener acceso a una cama o litera.

El reglamento indica que en caso de qué la conducción del camión sea realizada en equipo, ambos conductores deberán realizar un nuevo descanso de al menos nueve horas en un periodo de 30 horas desde el final de su periodo de descanso anterior. Es decir, deben tener un descanso adicional al anterior, que debe ser realizado en un lapso que no supere las 30 horas del último descanso.

Otro dato importante estipulado en el reglamento es que el trabajo realizado podrá interrumpirse dos veces como máximo para llevar a cabo actividades que no excedan un total de una hora. Ya sea como ir al baño, comer o bajarse a realizar otra actividad.

  • Tiempo máximo de conducción diaria: el tiempo máximo de las jornadas laborales no puede exceder las nueve horas continuas, salvo a un máximo de dos veces por semana, que puede llegar hasta las 10 horas de conducción. Una vez transcurrido este periodo de tiempo se deberá realizar un descanso obligatorio para los camioneros.

2. Descanso semanal

Todo conductor de camión está obligado a tener un lapso de descanso de sus jornadas laborales semanales. Este debe comenzar antes de haberse concluido seis jornadas consecutivas diarias desde el final de su descanso pasado. Esto quiere decir que si un conductor inicia su semana laboral un día lunes, el sábado deberá realizar su descanso.

Según el reglamento, un periodo de descanso semanal normal debe ser aquel de una duración mínima de 45 horas. Mientras que, un periodo de descanso semanal reducido debe ser de un mínimo de 24 horas consecutivas.

Sin embargo, cuando se reduce el descanso semanal este debe ser compensado con uno equivalente que tiene que ser tomado en un lapso máximo de tres semanas, si no es tomado en este periodo ya no será válido. Un periodo de descanso semanal compensatorio no sustituye a otro y deberá tomarse junto con el descanso correspondiente a la semana que se realice.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es que los descansos semanales no serán considerados como válidos si son realizados dentro del camión.

  • Tiempo máximo de conducción semanal: la jornada laboral semanal no debe superar las 56 horas.

3. Descanso bisemanal

Lo último qué indica el reglamento sobre los descansos obligatorios para camioneros es que transcurridas dos semanas consecutivas un conductor deberá tomar dos descansos semanales normales. Es decir, 2 descansos de al menos 45 horas cada uno.

  • Tiempo máximo de conducción bisemanal: en dos semanas consecutivas el tiempo de conducción no debe exceder las 90 horas.

Tiempos de descanso según la conducción

Otro tipo de descanso que no se debe pasar por alto son los realizados durante la conducción. Independientemente del vehículo que se trate, cuando conducimos durante muchas horas nuestra vista tiende a cansarse y nuestros músculos a fatigarse de permanecer en la misma posición. Por ello, para evitar accidentes o un mal desempeño, los tiempos de descanso durante la conducción son muy importantes. 

Desconocer estos descansos obligatorios puede implicar multas por infracciones que incluso pueden llevar a la pérdida del carnet de conducir. Por ello, ten en cuenta los periodos obligatorios de descanso que debes realizar:

Conducción general

Durante la conducción de todo tipo de trayecto, será necesario realizar una parada obligatoria una vez se hayan cumplido un periodo de conducción ininterrumpido de cuatro horas y media. A excepción de que desee realizar su descanso diario, esta parada deberá ser de al menos 45 minutos.

Si el conductor lo desea, esta parada obligatoria puede realizarse de forma intercalada, realizando una de al menos 15 minutos y posteriormente otra de 30 minutos para cumplir el período obligatorio de 45 minutos.

Recordar estos periodos de descanso obligatorios en tus trayectos y en tu desempeño laboral es muy importante. Si estás pensando en iniciarte como camionero y estás buscando un curso cap Lorca para poder capacitarte, puedes contar con nuestros servicios. Somos una Autoescuela en Lorca con más de 50 años de experiencia en el sector con una amplia trayectoria de clientes satisfechos con nuestra formación. Para más información, ponte en contacto con nosotros.

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